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La neutralidad ideológica de las universidades

Juan Carlos Campo

Catedrático en Universidad de Oviedo y socio colaborador de CAXXI

Publicado en El Comercio 13/01/2023

La neutralidad ideológica de las universidades

Una enmienda de Bildu y Esquerra para introducir «el análisis y debate de otras temáticas de especial trascendencia» entre las competencias de los claustros universitarios ha desatado una corriente de rechazo en toda España.

El proyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitario recientemente aprobado se encuentra inmerso en una nueva polémica, debido a la inclusión a última hora de una enmienda en el artículo donde se establecen las misiones de los claustros universitarios. Así, ahora se establece que una de las misiones es la de «…analizar y debatir otras temáticas de especial transcendencia», aparentemente inocua, pero que por su generalidad puede tener implicaciones políticas de cierto calado.

La Ley Orgánica de Universidades aún vigente no detalla apenas las competencias de los claustros y las deja en manos de los estatutos de las universidades. Las competencias que los estatutos establecen para el claustro de la Universidad de Oviedo son representativas de lo que sucede en otras universidades. Probablemente, las más importantes son las de elaborar o modificar los propios estatutos y la de elegir a sus representantes en el Consejo de Gobierno; pero son hechos muy puntuales. En el día a día, las competencias son relativamente escasas y, en la práctica, a pesar de su cierta transcendencia social, la importancia del claustro en la dinámica universitaria es reducida.

Uno de los puntos que otorgaba más poder a los claustros era que la ley aún vigente permitía que pudieran realizar la elección del rector. Sin embargo, de forma prácticamente unánime las universidades establecieron que la elección fuera llevada a cabo mediante sufragio universal ponderado en su comunidad universitaria. Así sucedió también en la Universidad de Oviedo, puesto que se demostró que la elección por el claustro era muy maleable. Afortunadamente, vista la experiencia, con la nueva ley ningún claustro podrá elegir ya al rector.

Una de las competencias del Claustro de la Universidad de Oviedo es «expresar la opinión de la comunidad universitaria sobre cualquier aspecto del funcionamiento de la Universidad.…», competencia que claramente se circunscribe al ámbito propiamente universitario, a diferencia del ámbito tan general que establece la enmienda aludida al comienzo.

Hay algún estatuto, aunque muy pocos, como el de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, que establece entre las competencias del claustro la de manifestarse sobre asuntos de interés social. En principio, tampoco es algo que nos deba resultar ajeno. Por ejemplo, la Universidad de Oviedo llevó al claustro en 2019 la propuesta para posicionarse a favor de la Declaración de Emergencia Climática, que bien se puede enmarcar en esta categoría pese a que no esté contemplada específicamente en sus estatutos.

En el nuevo proyecto de Ley Orgánica del Sistema Universitario aprobado a finales de diciembre y a diferencia de la ley actual, sí se detallan mucho las competencias de los claustros. Esencialmente, las funciones no difieren mucho de las que tienen actualmente en una universidad típica como la de Oviedo, salvo por la inclusión de esa enmienda aparentemente intranscendente que incluso ya estaba expresada de algún modo en el estatuto de alguna universidad. ¿Cuál es el motivo de la polémica, entonces?

En 2019 el claustro de la Universidad de Barcelona aprobó el ‘Manifiesto conjunto de las universidades catalanas en rechazo de las condenas de los presos políticos catalanes y a la judicialización de la vida política’. Se amparaba en que sus estatutos establecen entre las funciones del claustro la de «debatir y aprobar propuestas de resolución sobre temas de trascendencia social …». El contexto ya era previo. En 2017 el claustro también había aprobado la adhesión al Pacto Nacional por el Referéndum, junto con otras universidades catalanas.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña anuló la aprobación de 2019 y, en noviembre del pasado año, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia aludiendo a las funciones que se derivan para el claustro de la Ley Orgánica de Universidades y a las propias funciones de las universidades que se establecen en esta ley. El claustro se habría extralimitado. La polémica, lógicamente, viene de si con la nueva ley tendrían cabida este tipo de pronunciamientos de los claustros. El hecho de que la enmienda para incluir esta competencia fuera presentada por los grupos parlamentarios de EH Bildu y Esquerra Republicana aviva las suspicacias.

La alarma ha provocado la respuesta del colectivo de Universitaris per la Convivència, que ha redactado una carta abierta para que se incorpore a la ley el principio de neutralidad ideológica de los órganos de gobierno y representación de las universidades, con el fin de evitar que esta enmienda pueda permitir la instrumentalización política de nuestras universidades. La carta ya ha sido firmada por cientos de profesores a lo largo de la geografía española, entre los que me encuentro. La polémica se ha ido extendiendo y, por ejemplo, esta semana el presidente de Castilla-La Mancha, el socialista Emiliano García-Page, ha arremetido contra la enmienda y ha amenazado con llegar a los tribunales.

Pero, más allá del uso que se pueda hacer en Cataluña, ningún lugar está libre de que utilicen la institución para amparar bajo el sello intelectual de la universidad argumentos propiamente políticos. También en Asturias tenemos nuestros propios temas de debate donde la Universidad podría utilizarse para jugar un papel decisivo en temas muy espinosos, como la oficialidad del asturiano.

En la universidad se debate mucho, pero no debate en los atriles. Se debate científicamente ante especialistas en las publicaciones y en congresos especializados con argumento lógicos y métodos científicos y, en todo caso, se transfieren y se difunden los conocimientos a la sociedad. Los universitarios de cualquier signo político son libres de elaborar sus estudios sobre el neoliberalismo, el marxismo, España, Cataluña o el bable, pero no hay un pronunciamiento institucional que pueda avalar tal o cual argumento. La refutación no es una cuestión de mayorías o de sentimientos. No se vota en un claustro si la teoría de la relatividad nos parece la correcta, sino si los planes estratégicos para la universidad son adecuados.

A veces parece añorarse el debate político en nuestras universidades, pero la realidad es que solo cuando no hay libertades y el debate político no tiene espacios para desarrollarse las universidades y las iglesias se convierten o se necesitan como espacios seguros, y más bien por ser lugares sagrados que dificultan la intervención hasta de las autoridades más hostiles. Afortunadamente, nuestro país hace ya muchos años que tiene otros canales para llevar a llevar a cabo sus necesarios debates y posicionamientos.

 

Juan Carlos Campo

Catedrático en Universidad de Oviedo y socio colaborador de CAXXI

Publicado en El Comercio 13/01/2023

La neutralidad ideológica de las universidades